Asambleas de sociedad de responsabilidad limitada


Una sociedad es de responsabilidad limitada cuando su capital se divide en participaciones y no en acciones. De esta manera, la responsabilidad de sus socios se mide de acuerdo con el capital que cada uno de ellos tenga invertido en la organización; es decir, en sus participaciones, y no en sus acciones, como ocurre en otro tipo de sociedades. 

Así que, cuando la sociedad debe afrontar deudas y compromisos, los socios no tienen la obligación de responder de manera personal a ellos, sino que se afrontan de acuerdo con el monto de sus aportaciones en la empresa, sin afectar el patrimonio personal de sus miembros. 

Ante ese y otros panoramas que exigen la toma de decisiones y el cumplimiento de obligaciones legales, el órgano supremo de la sociedad de responsabilidad limitada es la asamblea de socios. De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 80 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la asamblea de la sociedad de responsabilidad limitada debe reunirse por lo menos una vez al año, dentro del domicilio especificado en su razón social. 

Para que estas reuniones tengan lugar, el Artículo 81 de la misma legislación establece que deberán ser convocadas con un mínimo de ocho días de anticipación a la fecha de su celebración, mediante cartas certificadas con acuse de recibo. Podrán convocarlas los gerentes de la empresa, su consejo de vigilancia (en caso de existir), así como los socios que representen más de la tercera parte del total del capital de la empresa. 

Cuando los socios estén imposibilitados para reunirse físicamente, es posible que todos sus miembros emitan el voto a distancia, mediante una carta certificada con acuse de recibo. En caso de que solo uno o unos cuantos socios no puedan asistir a la celebración de la asamblea, éstos pueden designar a un representante para que participe y emita el voto conforme a sus indicaciones. 

Presenciales o a distancia, los socios tienen derecho a emitir un voto por cada mil pesos que tengan de participación en la sociedad, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 79 de la Ley General de Sociedades Mercantiles de la Federación. Algunas de las acciones claves e imprescindibles que la asamblea de una sociedad de responsabilidad limitada debe llevar a cabo son: 
  • Reparto de utilidades
  • Remoción y nombramiento de gerentes y del consejo de vigilancia 
  • Discusión, modificación, aprobación/reprobación del balance general correspondiente al ejercicio social anterior 
  • Resolución de la amortización y división de las partes que integran a la sociedad
  • Modificación del contrato social
  • Análisis y consentimiento de la admisión de nuevos socios, y de cesiones de partes sociales 
  • Resolución sobre una eventual disolución de la sociedad
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