Contratos de Asociación de Participación desarrollados por nuestro equipo corporativo
La unión hace la fuerza. Para hacer frente a
déficit de capital, o bien, para fortalecerse frente a tiempos difíciles y
competidores nacientes, en ocasiones, particulares y empresas se ven en la
necesidad de apoyarse mutuamente, y para hacerlo de manera formal, es necesario
celebrar un contrato de asociación de participación.
De acuerdo con la Ley General de Sociedades
Mercantiles, los contratos de asociación de participación son aquéllos en los
que una persona concede a otras que le aportan
bienes o servicios, una participación en las utilidades y en las pérdidas de
una negociación mercantil o de una o varias operaciones de comercio. Estas asociaciones
deben quedar estipuladas por escrito, fijando los términos, proporciones de
interés y todas las condiciones a las que deben sujetarse quienes lo realizan.
Las asociaciones de
participación no tienen razón social, denominación ni personalidad jurídica.
Cada asociante lo hace a nombre propio, por lo que no se crea una relación
jurídica entre los terceros involucrados, y los asociados. Estas asociaciones
se distinguen porque funcionan, se disuelven y liquidan.
La celebración de este tipo
de asociaciones es ideal para las empresas que necesitan fortalecer su base de
capital, para ser más competitivas sin comprometer sus participaciones, puesto
que el asociado solamente pone en movimiento su capital, y adquiere solo el
derecho a que se le rindan cuentas acerca de los resultados de dicha operación.
Los requisitos para formular
y firmar un contrato de asociación de participación son mínimos y su
elaboración es sencilla y rápida. Basta con que sus dos o más participantes
cubran los siguientes puntos:
- Establecer las condiciones y porcentajes que cada parte tendrá de participación en el negocio
- Redactar y firmar el contrato de participación
- Inscribir el negocio en el Registro Federal de Contribuyentes
Como todo trámite que tiene
implicaciones legales, la celebración de un contrato de asociación de
participación requiere cautela y precisión, principalmente a la hora de plasmar
por escrito los términos, condiciones y derechos de cada uno de los
participantes.
¡No te arriesgues! Acércate
a los expertos. En Ramírez-Organista y Asociados estamos listos para brindarte
la asesoría que requieres, antes de dar este importante paso. Nuestro equipo
corporativo cuenta con la experiencia y preparación para ayudarte a desarrollar
la redacción de tu contrato de participación de manera adecuada y precisa.
Contáctanos y permítenos ayudarte a obtener el máximo provecho en tu próximo negocio.
Un Corredor Público es un experto en derecho mercantil. Acércate a nosotros, en la Correduría Pública #49, te ayudaremos con los trámites que tu empresa necesita como la constitución de sociedades, elaborar tu dictamen corporativo, también te apoyaremos a cuidar tu patrimonio al momento de arrendar tu inmumeble, a través de convenios de justicia alternativa.
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