El papel de los contratos iniciales en la gestión de tu nuevo proyecto



Tener buenas experiencias previas, buena fe o un adecuado funcionamiento de las relaciones con tus proveedores o acreedores, pueden ser la causa de que nunca te hayas cuestionado la importancia de celebrar contratos que acrediten los derechos y obligaciones de cada una de las partes durante tus operaciones comerciales y/o prestación de servicios.

Los contratos son documentos en los que se establecen acuerdos y condiciones que, respaldados jurídicamente, brindan a las partes involucradas garantías de cumplimiento y, por lo tanto, de los beneficios que esperan obtener. 

Cuando empresarios y prestadores de servicios junto con sus clientes llevan a cabo negocios sin un contrato de por medio, y llega a presentarse una situación de incumplimiento de pago, de suministro o de cualquier compromiso establecido por alguna de las partes, éstos corren el riesgo de perder el interés que involucraron, ya que sin un contrato no hay respaldo de los acuerdos, ni penas moratorias o cualquier otro tipo de amonestación para el que incumple.

En ello recae la importancia de celebrar contratos iniciales durante la gestión de nuevos proyectos, por ejemplo:

Contrato de prestación de servicios profesionales: Como su nombre lo indica, este tipo de contrato lo celebran dos partes, una de ellas es el profesional o prestador, y la otra, el cliente. Para hacerlo efectivo deben existir un objeto consistente en el servicio profesional, y el consentimiento o voluntad de las partes para llevar a cabo el contrato. También deben estipularse el tipo y duración del servicio, su complejidad, el monto, momentos y métodos de pago. Cuando un prestador de servicios celebra un contrato con una persona moral (empresa), es recomendable firmar adicionalmente un convenio de confidencialidad, o bien, añadir cláusulas relativas al manejo de la información relativa, por ejemplo, a secretos industriales, recetas de alimentos, en el contrato. Se trata de un formato de uso común entre contadores, abogados e ingenieros. 

Contrato de distribución: Este tipo de contrato lo celebran empresarios que deciden colaborar para distribuir los servicios o productos de uno de ellos, utilizando la infraestructura y medios de otro; o bien, uno de ellos se compromete a adquirir y revender los productos de otro, a nombre y cuenta propia, pero sin alterar la marca y la imagen del producto a distribuir. Se trata de un modelo de convenio al que suelen recurrir quienes desean incursionar en una zona geográfica distinta a la suya, incluso, a nivel internacional. Aunque las partes que lo celebran tienen total libertad para estipular sus condiciones, generalmente el contrato de distribución delimita cuáles son los artículos o productos a distribuir, el territorio en el que se distribuirán, el precio y condiciones de compra-venta para mantener la relación comercial, así como los plazos y métodos de pago. 

Contrato de compra-venta: Los contratos de compra-venta respaldan las transacciones monetarias en las que intervienen un vendedor y un comprador, donde el primero intercambia un objeto o producto a cambio del dinero que le proporciona el segundo. En el documento debe estipularse la naturaleza y el estado que guarda el objeto o bien a intercambiar, la identidad y capacidad de las partes, y la intervención de testigos. 

Contrato de suministro: Este modelo se distingue por su duración. En él, una de las partes celebrantes se compromete a entregar de forma sucesiva y periódica bienes o servicios, generalmente bajo fechas compromiso, a cambio del pago y condiciones comerciales estipuladas con su contraparte. La mayor utilidad de este tipo de contrato es, precisamente, que otorga validez jurídica a los compromisos de entrega de la mercancía, y, por lo tanto, también estipula penalizaciones que reparen las pérdidas generadas en caso de que dichos compromisos se incumplan. 

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